En Honduras, si un pastor u otro líder religioso se involucra en actos de la vida política del país deberá primero abandonar la vida religiosa, según el nuevo Código Penal hondureño que inhabilitará a los ministros religiosos que ejerzan la prédica y las actividades de trascendencia civil al mismo tiempo, informa La Prensa.
Los ministros evangélicos pedirán que se elimine ese inciso o sea redactado de otra manera.
La inhabilitación especial está comprendida en el artículo 35 inciso K del nuevo Código Penal, referente a las penas privativas de otros derechos, como la pérdida de la nacionalidad, la suspensión del ejercicio profesional, entre otras.
Este artículo generó la reacción de los miembros de la Iglesia Evangélica y Católica, cuyos representantes se reunirán con la Comisión de Dictamen para ampliar sobre este tema.
La comunidad Lésbica, Gay, Transexual y Bisexual (LGTB) se reunieron el lunes con la Comisión de Dictamen para pedir que se mantenga en el nuevo Código una reforma que se introdujo al Código vigente, orientada a penalizar los crímenes de odio o por discriminación contra la denominada diversidad sexual. La discusión se reanuda este martes.
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